Mañana 15 de diciembre, entrará en vigor el nuevo Reglamento de Tránsito del Distrito Federal (RTDF), el cual es famoso desde ya debido al endurecimiento de sus sanciones y al aumento en las multas. Tanto se ha hablado al respecto que decidimos hacer un recuento conciso de los puntos más importantes de estas modificaciones.
No importa que seas automovilista, peatón o ciclista, pues estas nuevas adecuaciones nos afectan a todos, y al final, conocer más a fondo este reglamento nos ayudará a mejorar la movilidad, seguridad y convivencia (ya de por sí caótica) de la ciudad.
¿Temes quedar desfalcado a causa de una multa millonaria? Pues entonces lee esto y mejor ocupa tu aguinaldo en algo más divertido.
Sobre las infracciones y sanciones
¿Cómo calcular las multas?
Si nos ponemos a estudiar las multas que vienen en el Reglamento de Tránsito, vemos que las cantidades a pagar no están vinculadas al salaria mínimo, sino a la llamada Unidad de Cuenta, que es un concepto de valor equivalente a 69.61 pesos diarios. Por ello, si una sanción es equivalente a 10 Unidades de Cuenta, lo que deberíamos pagar es 699.1 pesos.
Los puntos
- Otro punto que debemos tomar en cuenta, es que además de las multas, hay sanciones que le restan puntos a tu licencia de conducir. Si en un año pierdes 12 puntos, no podrás tener derecho a tener licencia de conducir por tres años. Así que ponte abusado.No se puede usar el teléfono móvil mientras se conduce, a menos que se recurra a manos libres. La sanción es de cinco a 10 unidades de cuenta, es decir 349.55 a 699.1 pesos, no implica corralón y marca un punto a la licencia.
- Cinturón de seguridad obligatorio para todos, ya sea vayan a bordo de vehículos particulares o taxis. En particular para los menores de 12 años de edad o personas con discapacidad. La sanción es de cinco unidades de cuenta, es decir 349.55 pesos, no implica corralón y marca un punto a la licencia.
- Hay nuevos límites de velocidad. Por ejemplo en Avenida de los Insurgentes será de 50 kilómetros por hora. La sanción por rebasarlos es de 10 a 20 unidades de cuenta, es decir 699.1 a mil 398.2 pesos, no implica corralón y marca tres puntos a la licencia.
- No hay restricción para fumar mientras se conduce o está en un semáforo.
- El conductor no debe llevar mascotas en las piernas mientras maneja; al animal debe viajar en la parte de atrás. La sanció es de 10 a 20 unidades de cuenta, es decir 699.1 a mil 398.2 pesos, no implica corralón y marca tres puntos a la licencia.
- Para transportar a menores de edad los vehículos particulares deberán contar con una silla especial que tenga cinturón de seguridad. Los vehículos de transporte público no pueden transportar adelante a un pasajero que viaje con menores, éste debe ir en la parte de atrás.
- Los vehículos no deben invadir los pasos peatonales, como las cebras que hay en los semáforos. La sanción para automovilistas particulares es de 10 a 20 unidades de cuenta, es decir 699.1 a mil 398.2 pesos; para vehículos de carga es de 40 a 60 unidades de cuenta, es decir dos mil 796.4 a cuatro mil 194.6 pesos. No implica corralón y marca tres puntos a la licencia.
- Las vueltas a la derecha ya no son continuas. La sanción por rebasarlos es de 10 a 20 unidades de cuenta, es decir 699.1 a mil 398.2 pesos, no implica corralón y marca tres puntos a la licencia.
- Las motocicletas serán llevadas al corralón cuando sus conductores no porten casco o éste no se esté abrochado correctamente. La multa es de cinco unidades de cuenta, es decir 349.55 pesos, ni implica corralón y marca un punto a la licencia.
- Los motociclistas usar un carril completo para circular, de lo contrario serán multados. La sanción es de cinco a 10 unidades de cuenta, es decir 349.55 a 699.1 pesos, no implica corralón y marca un punto a la licencia.
- Además de las multas o envío de vehículos a corralón, los automovilistas podrían perder la licencia de manejo si acumulan 12 puntos.
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